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Trabajadores a honorarios

¿Boleta o contrato?

Calcula cuánto facturar en boleta de honorarios, al mes y por hora, para llevarte lo mismo que con un contrato de trabajo, o al revés.

  • Fuentes oficiales, verificadas el 9 de octubre de 2026
  • Se calcula en tu navegador
  • Sin registro
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Para la tarifa por hora

Días hábiles que no facturas. Con contrato son 15 (art. 67).

Solo las horas que cobras, sin trámites ni traslados.

Fuentes oficiales

Parámetros verificados el 9 de octubre de 2026.

Referencial: compara el líquido mensual y reparte el año en los días que se pueden facturar.

¿Un resultado no coincide con tu boleta, liquidación o finiquito? Reporta un error de cálculo por correo y lo revisamos.

Preguntas frecuentes

¿Cómo compara esta calculadora la boleta y el contrato?

Calcula cuánto debes facturar en boleta de honorarios para recibir cada mes el mismo dinero que con un contrato. En el contrato, el líquido es lo que queda después de AFP, salud, seguro de cesantía e impuesto único. En la boleta, es lo que queda después de la retención del SII.

¿Cómo se calcula la tarifa por hora?

Con contrato recibes 12 sueldos al año aunque no trabajes los feriados ni tus vacaciones. A honorarios solo cobras lo que facturas, así que la tarifa reparte 12 boletas mensuales entre los días que sí puedes facturar: los días de lunes a viernes del año, menos los feriados que caen en esos días y menos tus días de vacaciones (15 días hábiles es lo que tiene un trabajador con contrato). Luego divide por las horas que facturas al día.

¿Por qué la boleta equivalente puede ser menor que el sueldo bruto del contrato?

Porque los descuentos son distintos. En el contrato se descuentan AFP (10 % más la comisión), salud (7 %), seguro de cesantía e impuesto único. En la boleta la retención es menor (15,25 % en 2026), y con ella el SII paga en la Operación Renta tus cotizaciones y tu impuesto. Además, hasta el año tributario 2027 (rentas de 2026) puedes elegir cotizar pensión y salud solo por una parte de tu renta imponible, lo que te deja una pensión y subsidios menores.

¿Qué pasa en abril si trabajo con boleta?

En la Operación Renta el SII calcula tus cotizaciones y tu impuesto del año y los compara con lo que te retuvieron: si sobró, te devuelven la diferencia, y si faltó, la pagas. Esta calculadora no estima ese saldo.

¿Qué no considera esta comparación?

No considera la gratificación (si no la incluyes), la indemnización por término de contrato, el seguro de cesantía, los aportes que hace tu empleador ni la devolución o el pago de la Operación Renta. Tampoco cubre bonos, horas extra ni gastos que puedas rebajar como independiente. Las vacaciones y los feriados solo se consideran en la tarifa por hora y por día.

¿Qué es la cobertura parcial?

Es una opción transitoria de la Ley 21.133: hasta el año tributario 2027 (rentas de 2026) los trabajadores a honorarios pueden cotizar pensión y salud solo por un porcentaje de su renta imponible; desde el año tributario 2028 la cobertura es total. Con cobertura parcial los subsidios y la pensión se calculan sobre una renta menor.